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25, septiembre 2024 - 17:42

┃ Juan Antonio Dávalos

Chivas TV tendrá que pagar tres multas. Foto: Mexsport

La Suprema Corte de Justicia le negó un amparo a la empresa Chivas de Corazón S.A. de C.V. conocido como Chivas TV y la plataforma tendrá que pagar tres multas que ascienden a 5 millones 680 mil pesos por fallas que hubo en el sistema en julio de 2015 durante el partido que disputó el Rebaño ante los Rayados del Monterrey.

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La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) impuso las sanciones a la compañía al considerar que utilizaban “cláusulas abusivas” que le permitíam cambiar las condiciones de los clientes de manera unilatreral.

Además, consideró que la plataforma no ofrecía información clara a los consumidores y que daban datos del producto hasta que las personas estaban suscritas a la misma.

Los abogados del conjunto rojiblanco, tras darse a conocer el veredicto, interpusieron un juicio de amparo para que las autoridades no lo sancionaran. Sin embargo y tras ocho años de análisis, la Segunda Sala de la Corte rechazó el recurso.

El proyecto de sentencia fue elaborado por el ministro Alberto Pérez Dayán quien señaló que la Profeco actuó con legalidad al imponer multas a Chivas TV porque violó los derechos de los consumidores.

“No hay duda de que la norma va a dirigida a los proveedores de bienes y servicios que proporcionen información, se publiciten o hagan transacciones por medios electrónicos, obligándolos a no incurrir en prácticas engañosas o arbitrarias, desde luego, en perjuicio de los consumidores”, señaló Pérez Dayán.

¿Por qué Chivas TV tiene que pagaruna multa millonaria?

Chivas TV surgió a raíz de que el Rebaño no renovó contrato con Televisa y buscó una alternativa para transmitir sus encuentros.

Sin embargo, el proyecto tuvo fallas importantes lo que generó quejas de los usuarios en contra del portal.

La Profeco, en 2016, informó que las multas se sustentan “en que los términos de uso del servicio que utilizó Chivas TV fueron violatorios de los artículos 85 y 90 fracciones I y II de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPT), ya que contenían cláusulas consideradas abusivas que implicaron prestaciones desproporcionadas para los usuarios”.

El organismo del gobierno federal relevó que “se encontró que en los términos y condiciones de sus contratos se incluyeron obligaciones inequitativas para los consumidores, en virtud de que permitían al proveedor modificar unilateralmente el contenido del contrato, sustraerse unilateralmente de sus obligaciones, lo liberaban de su responsabilidad civil y obligaban a renunciar a la protección de la ley”.
Al final, la Segunda Sala de la Corte negó a Chivas, por unanimidad, el amparo y tendrá que pagar 5 millones 680 mil pesos.

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