10, junio 2022 - 15:20
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GUILLERMO ABOGADO GONZÁLEZ
FOTO: MEXSPORT
Una vez que el Juez Primero de Distrito en Materia Administrativa de la Alcaldía Benito Juárez, Jonathan Bass, con el amparo por parte de la Asociación Civil Justicia Justa, se decidió la suspensión definitiva de las corridas de toros en la Plaza México, el Diario de los Deportistas se dio a tarea de platicar con un experto en la materia jurídica y en la tauromaquia.
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Y de este modo se conoció que los aficionados taurinos podrán comparecer ante esa sanción como figura de tercero interesado al verse afectados de manera directa con esta determinación que se dio a conocer este viernes.
Se sabe que habrá miles de afectados sin festejos taurinos en el Coso de Insurgentes, con la falta de empleos directos e indirectos, desde ganaderos, toreros, rejoneadores, forcados, banderilleros, puntilleros, torileros, boleteros, vendedores de productos adentro y afuera de la plaza, subalternos, monosabios, pero los aficionados también son perjudicados más allá de su gusto por la “fiesta brava”.
La participación del aficionado taurino es tal en las corridas de todos que puede otorgar la primera oreja del festejo a los toreros, novilleros o rejoneadores. Además, miles de ellos cuentan con un derecho de apartado adquirido a la empresa para que sus boletos sean, precisamente, para que puedan asistir a las corridas.
“Antes la figura de tercero interesado se llamaba tercero perjudicado porque el acto de autoridad podía beneficiar o perjudicar a personas que no son partes del juicio. Se les pide para que intervengan y aporten pruebas y aleguen. Que se les escuche es la finalidad de la figura de tercero interesado”, explicó el abogado José Rodríguez.
El defensor subrayó para el diario ESTO que “porteros, boleteros, comerciantes únicamente trabajan en días de corridas” y recalcó: “el aficionado taurino puede comparecer a juicio porque el aficionado taurino, que en el reglamento taurino se llama público, tiene una participación activa para dar la primera oreja por ejemplo, los tenedores de derecho de apartado, es un derecho, un derecho suigéneris que consiste que tres días antes de la corrida te aparten tu boleto, tu localidad, algunos poseen el derecho de apartado desde hace décadas”.
Agregó que la “empresa tiene un compromiso con los tenedores de derecho de apartado, con los trabajadores, un torero es un trabajador” y deberá darles una pronta solución luego que los próximos festejos serán reprogramados con esta suspensión definitiva. Cabe subrayar que estaba programada la histórica Pamplonada para el 2 de julio.
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